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Simplificación del trámite de registro de variedades vegetales en Argentina

El Instituto Nacional de Semillas (INASE) ha introducido cambios significativos en el proceso de inscripción de nuevas variedades vegetales en Argentina a través de la Resolución 49/2025.

La inscripción en el Registro Nacional de Cultivares (RNC) es obligatoria para todas las variedades de semillas que se expongan al público o se entreguen a usuarios con un rótulo identificatorio. Este registro habilita la comercialización de las variedades.

El principal cambio es la eliminación de los Ensayos Comparativos de Rendimiento (ECR), una medida que simplifica y acelera la incorporación de nuevas variedades al mercado.

¿Qué eran los Ensayos Comparativos de Rendimiento (ECR)?

Los ECR eran un requisito obligatorio para la inscripción de nuevos cultivares en el RNC. Aplicaban a especies de fiscalización obligatoria como algodón, arroz, girasol, maíz, soja, sorgo, trigo pan, trigo fideo, cebada, alfalfa y papa, entre otras.

Estos ensayos consistían en la evaluación del comportamiento agronómico de nuevas variedades en comparación con cultivares ya inscriptos. Evaluaban el rendimiento, la resistencia a enfermedades, plagas y adversidades climáticas, así como otros factores agronómicos relevantes que influyen en la productividad y estabilidad de los cultivos.

El proceso era extenso y costoso, ya que los ensayos podían tardar entre 2 y 3 años en completarse, retrasando la incorporación de nuevas variedades al mercado. Con la eliminación de los ECR, se espera una mayor agilidad en la inscripción y comercialización de cultivares.

¿Cómo es el nuevo proceso de inscripción?

Con la Resolución 49/2025, el procedimiento para registrar nuevas variedades se ha simplificado. A continuación, se resumen los principales requisitos y la información/documentación que debe presentarse:

  1. Requisitos para la inscripción:
    • La inscripción debe ser solicitada por una persona física o jurídica inscripta en el Registro Nacional de Comercio y Fiscalización de Semillas (RNCyFS) en la categoría de criadero (A) y/o introductor (B).
    • Para solicitantes extranjeros, será el Representante Legal quien deba cumplir con el requisito de inscripción en el RNCyFS.
  2. Documentación requerida:
    • Formulario de Declaración Jurada de solicitud de inscripción.
    • Información sobre el Cultivar (datos del solicitante, del ingeniero agrónomo patrocinante y del establecimiento donde fue obtenido el cultivar)
    • Descripción de la variedad.
    • Procedimiento para el mantenimiento de la pureza varietal (quién lo realiza y como lo realiza).
    • Historia de mejoramiento de la variedad.
    • Si la variedad está genéticamente modificada, información y documentación sobre el evento transgénico incorporado a la misma.
    • Documento que acredite la personería del representante legal que lo faculta a actuar como tal.
    • Documento firmado por ingeniero agrónomo patrocinante que avale la información técnica presentada.

Toda la documentación se debe presentar en idioma español o en su defecto contar con su traducción por Traductor Público Nacional y legalizaciones correspondientes.

El trámite se realiza a través de la Plataforma de Tramites a Distancia – Plataforma digital para realizar trámites públicos en Argentina.

Con esta simplificación, el INASE busca fomentar la innovación en la industria semillera, facilitando el desarrollo y comercialización de nuevas variedades.

Si su empresa necesita asesoramiento para registrar una variedad vegetal en Argentina, contáctenos para recibir asistencia especializada.

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