El Gobierno de la República Argentina ha dictado recientemente una serie de decretos destinados a modificar el regimen de la gestión de los derechos de autor y conexos en el país.
Estas disposiciones modifican el decreto reglamentario de la Ley N° 11.723 (Ley de Propiedad Intelectual) y la normativa vigente que establecía un régimen de gestión colectiva exclusiva para determinadas entidades, permitiendo ahora la concurrencia de múltiples sociedades de gestión.
La Gestión Colectiva en Argentina: Marco regulatorio previo.
Las sociedades de gestión colectiva son organizaciones encargadas de la administración de los derechos de autor y conexos en representación de sus titulares. Su función incluye la recaudación y distribución de regalías generadas por la utilización de las obras. En Argentina, antes de la entrada en vigor de estos decretos, el sistema sólo autorizaba la operación de una sociedad por cada tipo de derecho de autor, a la cual los titulares debían afiliarse obligatoriamente para la gestión de sus derechos. Entre estas sociedades se encuentran la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC), la Asociación Argentina de Intérpretes (AADI), la Cámara Argentina de Productores e Industriales de Fonogramas (CAPIF), la Sociedad Argentina de Gestión de Actores Intérpretes (SAGAI) y la Asociación Civil Directores Argentinos Cinematográficos (DAC).
Decreto 138/2025: La desregulación de la Gestión Colectiva
El Decreto 138/2025, publicado el 27 de febrero de 2025, establece que “los titulares de derechos de autor y derechos conexos podrán asociarse a una o más sociedades de gestión colectiva o ejercer sus derechos en forma individual”. Esta nueva normativa permite la coexistencia de múltiples sociedades de gestión con objetivos similares, fomentando la creación y competencia de este tipo de entidades y brindando a los titulares de derechos la opción de elegir entre varias organizaciones. Además, se reconoce la posibilidad de que los autores gestionen sus derechos de forma individual, permitiendo mayor flexibilidad en la administración de sus obras.
En cuanto al proceso de fijación de aranceles, el Decreto 138/2025 establece que los aranceles deberán ser pactados entre los titulares de derechos de autor y las sociedades de gestión colectiva, asegurando un reparto equitativo y proporcional al uso real de las obras, interpretaciones o producciones. Se establece que los aranceles deberán considerar factores como el tiempo y uso real de las obras, el tipo de actividad del usuario, el beneficio económico obtenido, las tarifas de actividades similares y el impacto en la estructura de costos del usuario. El Ministerio de Justicia podrá intervenir mediante mecanismos de definición de aranceles y resolución de controversias entre los usuarios o cámaras sectoriales y las sociedades de gestión colectiva.
Decretos 143/2025 y 150/2025: Revisión de Entidades Existentes
Los Decretos 143/2025, del 28 de febrero de 2025 y 150/2025, publicado el 5 de marzo de 2025, se centran en revisar y adecuar el régimen de representatividad de las entidades previamente reconocidas.
Estas organizaciones deberán ajustar sus Estatutos y sus Reglamentos a las disposiciones del nuevo marco normativo en un plazo de 180 días a partir de su entrada en vigencia.
Entre otras modificaciones, las sociedades de gestión colectiva existentes deberán ajustar los aranceles que los usuarios deben abonar, de acuerdo con el proceso de fijación establecido en el Decreto N° 138/25. Asimismo, deberán garantizar que los criterios de distribución de regalías sean equitativos y auditables, e implementar mecanismos de control interno y externo para asegurar una adecuada rendición de cuentas.
Desafíos
Estos decretos representan un cambio sustancial en el sistema de gestión de derechos de autor y conexos en Argentina.
Las reformas introducidas buscarían promover la competencia y mayor transparencia en la gestión de derechos de autor y conexos. Sin embargo, enfrentan la oposición de algunas sociedades de gestión colectiva, que advierten sobre posibles impactos en su estructura y en la protección de los derechos de los titulares.
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