Previo a solicitar el registro de una marca en Argentina, es importante tener en cuenta cuáles son los impedimentos que establece la Ley de Marcas y Designaciones. Te lo contamos a continuación.
¿Qué signos NO se consideran marcas y no se pueden registrar como tales?
La ley establece en su artículo 2 que no se consideran marcas y no pueden ser registrados:
- los nombres, palabras y signos que constituyen la designación necesaria o habitual del producto o servicio a distinguir, o que sean descriptos de su naturaleza, función, cualidades u otras características;
- los nombres, palabras, signos y frases publicitarias que hayan pasado al uso general antes de su solicitud de registro;
- la forma que se dé a los productos;
- el color natural o intrínseco de los productos o un solo color aplicado sobre los mismos.
¿Qué otros impedimentos establece la normativa?
Asimismo, la Ley establece en su artículo 3 que no pueden ser registrados:
- Una marca idéntica a una registrada o solicitada con anterioridad para distinguir los mismos productos o servicios
- Las marcas similares a otras ya registradas o solicitadas para distinguir los mismos productos o servicios
- Las denominaciones de origen nacional o extranjeras.
- Las marcas que sean susceptibles de inducir a error respecto de la naturaleza, propiedades, mérito, calidad, técnicas de elaboración, función, origen de precio u otras características de los productos o servicios a distinguir
- Las palabras, dibujos y demás signos contrarios a la moral y a las buenas costumbres
- Las letras, palabras, nombres, distintivos, símbolos, que usen o deban usar la Nación, las provincias, las municipalidades, las organizaciones religiosas y sanitarias
- Las letras, palabras, nombres o distintivos que usen las naciones extranjeras y los organismos internacionales reconocidos por el gobierno argentino
- El nombre, seudónimo o retrato de una persona, sin su consentimiento o el de sus herederos hasta el cuarto grado inclusive
- Las designaciones de actividades, incluyendo nombres y razones sociales, descriptivas de una actividad, para distinguir productos. Sin embargo, las siglas, palabras y demás signos, con capacidad distintiva, que formen parte de aquéllas, podrán ser registrados para distinguir productos o servicios
- Las frases publicitarias que carezcan de originalidad.
¿Tenés dudas o consultas en relación al registro de tu marca en Argentina?
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