Cookie Consent by Free Privacy Policy website

Cambios Relevantes en el Procedimiento de Registro de Marcas en Argentina

Cambios Relevantes en el Procedimiento de Registro de Marcas en Argentina
cambios en el procedimiento registro de marcas argentina - Legal core Group

El 11 de diciembre de 2025, se publicó en el Boletín Oficial la Resolución INPI P-583/25, mediante la cual el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) introduce una importante reforma al procedimiento de registro de marcas en Argentina.

Esta resolución se enfoca en simplificar el trámite de registro de marcas, al mismo tiempo que redefine el enfoque del examen de fondo por parte del INPI.

Principales Modificaciones

1. Alcance del examen de oficio en el registro de marcas

La Resolución limita el examen de registrabilidad realizado por el INPI exclusivamente a las prohibiciones absolutas o vinculadas al orden público.

Esto implica que aspectos como la falta de distintividad o la incompatibilidad con la función esencial de la marca seguirán siendo evaluados, pero determinados conflictos con derechos de terceros solo serán considerados si son planteados mediante una oposición o nulidad de registro.

El Artículo 1 de la Resolución, específicamente establece que el INPI evaluará las prohibiciones de registro previstas en los incisos b), d), h) e i) del artículo 3 de la Ley Nº 22.362 sólo a instancia de parte:

Inciso b): Marcas similares a otras ya registradas para los mismos productos o servicios.

Inciso d): Marcas que puedan inducir a error sobre las características de los productos o servicios.

Inciso h): Nombres o retratos de personas sin su consentimiento.

Inciso i): Designaciones de actividades o razones sociales que no sean distintivas.

2. Nuevo orden del procedimiento de registro de marcas

La normativa establece que el INPI realizará el examen de forma y de fondo inmediatamente después del ingreso de la solicitud, antes de publicar la misma en el Boletín de Marcas.

Esto permitirá que las solicitudes se evalúen más rápidamente, ya que se podrán aprobar de inmediato si no surgen observaciones. Si las solicitudes son publicadas y no hay oposiciones en el plazo legal de 30 días, se concederán directamente.

En caso de que se plantee una oposición, el trámite sigue acorde al Procedimiento de Resolución de Oposiciones, que se mantiene vigente.

3. Aplicación Inmediata y Alcance

La limitación del examen por parte del INPI a motivos absolutos y de orden público entra en vigencia de forma inmediata y se aplicará a todas las solicitudes de marcas nuevas que están en trámite, independientemente de en qué etapa se encuentren.

Como consecuencia de esto, las solicitudes en trámite que hayan recibido observaciones basadas en los incisos mencionados en el apartado 1 podrían continuar sin que el INPI mantenga dichas observaciones.

4. Entrada en Vigencia del Nuevo Procedimiento

El nuevo esquema de etapas, como se describe en el Artículo 2°, comenzará a regir el 1° de marzo de 2026, lo que permitirá que se realicen las adecuaciones informáticas necesarias para su implementación.

Implicancias prácticas para titulares y solicitantes de marcas

La Resolución INPI P-583/25 representa un paso hacia la modernización de los procedimientos de registro de marcas en Argentina, buscando mejorar la eficiencia del sistema. Al realizar el examen de registrabilidad antes de la publicación de las solicitudes, se espera que se reduzcan los tiempos de espera y se agilicen los trámites para los solicitantes.

En este nuevo escenario, la vigilancia marcaria adquiere un rol central. Al limitarse el examen de oficio a motivos absolutos y de orden público, la detección de solicitudes potencialmente conflictivas dependerá en mayor medida de la actuación activa de los titulares de marcas.

Para más información o consultas sobre la Resolución INPI P-583/25, no dude en contactarnos.